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Condiciones Generales de Contratación de UNILUX GmbH

1. Ámbito de aplicación

1.1 Todos los pedidos para la entrega de productos y prestación de servicios solamente se aceptarán y ejecutarán de conformidad con las siguientes Condiciones Generales de Contratación (en adelante "Condiciones") de UNILUX GmbH (en adelante "UNILUX"). Estas Condiciones serán de aplicación exclusiva. UNILUX no aceptará los términos y condiciones que entren en conflicto o aquellos términos y condiciones del comprador que se aparten de estas Condiciones, así como aquellos términos y condiciones del comprador que no estén reguladas por estas Condiciones, salvo que UNILUX haya aceptado expresamente su validez por escrito. Ello también se aplica si UNILUX realiza entregas y presta servicios sin reservas a sabiendas de que los términos y condiciones del comprador entran en conflicto, se apartan o no están regulados de conformidad con estas Condiciones o si el comprador, al formalizar su pedido, pretende hacer valer sus propios términos y condiciones en el marco de la ejecución del contrato.

1.2 Estas Condiciones se aplicarán también a todos los negocios futuros con el cliente sin necesidad de hacer referencia expresa a ello en cada uno de ellos.

1.3 Estas Condiciones solamente se aplican a empresas en el sentido de lo dispuesto en el artículo 14 del Código Civil alemán (Bürgerliches Gesetzbuch - BGB).

 

2. Oferta - Formalización del contrato - Contenido contractual - Documentos de la oferta

2.1 Los pedidos dirigidos a UNILUX constituyen pedidos vinculantes. UNILUX expresará su aceptación de estos pedidos enviando una confirmación del pedido por escrito.

2.2 Si la confirmación del pedido de UNILUX contiene modificaciones relativas al pedido, dicha confirmación será vinculante para el comprador si este no se opone a tal confirmación en el plazo de tres días laborables a partir de su recepción.

2.3 UNILUX no proporciona ningún tipo de asesoramiento técnico en relación con la venta de los productos, a menos que UNILUX, de forma excepcional, haya formalizado expresamente un acuerdo por escrito con el comprador en relación con un servicio de asesoría sobre sus productos.

2.4 Salvo que el comprador y UNILUX hayan acordado otra cosa, las ilustraciones, planos, cálculos y otros documentos relacionados con el producto, con una aplicación o con el proyecto que contengan conocimientos técnicos dignos de protección seguirán siendo propiedad de UNILUX y estarán sujetos a los derechos de autor de UNILUX, incluso si UNILUX los ha facilitado al comprador, y no podrán ser reproducidos ni puestos a disposición de terceros sin el consentimiento previo por escrito de UNILUX.

 

3. Solvencia - Garantías

En caso de que existan indicios reales de la existencia de un deterioro del patrimonio del comprador tras la formalización del contrato con UNILUX, o si existen o se ponen de manifiesto otros hechos tras la formalización del contrato que fundamenten la sospecha de que el derecho de UNILUX a recibir su contraprestación está en riesgo por incapacidad de pago del comprador, UNILUX tendrá derecho a exigir que el comprador proporcione una garantía adecuada y/o a revocar las condiciones de pago concedidas. Si el comprador no es capaz de proporcionar la garantía adecuada que se la ha solicitado en un plazo razonable, UNILUX tendrá derecho aresolver el contrato. Los derechos existentes por entregas realizadas y servicios prestados previamente, u otros derechos derivados de un retraso, no se verán afectados por lo dispuesto anteriormente, al igual que los derechos de UNILUX en virtud de lo establecido en el artículo 321 BGB. .

 

4. Precios - Condiciones de pago - Indemnización

4.1 La base para el cálculo de los precios de UNILUX son las listas de precios de UNILUX vigentes en el momento de la formalización del contrato, los suplementos aplicados a dichas listas de precios y la información enviada al cliente por UNILUX en la que se le comuniquen los cambios de precios, o las ofertas presentadas para el objeto en cuestión. A petición del comprador, UNILUX le facilitará estas listas e información adicional.

4.2 El importe de la factura es pagadero en el momento inmediatamente posterior la emisión y entrega de la factura mediante domiciliación bancaria SEPA para empresas (B2B).

4.3 Si, tras la formalización del contrato con el comprador o después de la entrega, se sabe o se determina que las condiciones para una supuesta exención del impuesto sobre el valor añadido no existían en el momento de la entrega, o han dejado de existir posteriormente, el comprador deberá reembolsar a UNILUX el impuesto sobre el valor añadido legalmente aplicable, además del precio de compraventa acordado.

4.4 El comprador solamente podrá hacer valer sus derechos de retención y compensación si sus reclamaciones son indiscutibles, si están reconocidas por UNILUX, si han sido legalmente establecidas o están en estrecha relación de compensación respecto a otros derechos de UNILUX. Además, el comprador solamente podrá ejercitar su derecho de retención en la medida en que su reclamación se base en la misma relación contractual.

4.5 Se prohíbe cualquier limitación de los derechos legales de UNILUX de rechazar la entrega/prestación del servicio y de sus derechos de retención.

 

5. Condiciones de entrega - Plazo de ejecución

5.1 Salvo que el comprador y UNILUX acuerden otra cosa, la entrega dentro de Alemania será "DAP" (Entregado en un lugar determinado/el vendedor abona el precio del transporte principal) ) de acuerdo con la versión vigente de los Incoterms (actualmente Incoterms 2020). El lugar de entrega, según DAP, es el lugar designado en la oferta de UNILUX o en la confirmación de UNILUX.

Para las entregas en el extranjero, se aplicarán nuestras "Condiciones de envío para exportaciones" por separado.

En caso de discrepancia entre las presentes disposiciones y las "Condiciones de envío para exportaciones", prevalecerá lo dispuesto en las "Condiciones de envío para exportaciones".

5.2 Las entregas parciales están permitidas en condiciones razonables para el comprador.

5.3 Los plazos y fechas de las entregas de productos y prestación servicios de UNILUX son, por lo general, estimaciones no vinculantes, a menos que UNILUX haya acordado, con el comprador, un plazo o fecha vinculante para tales entregas de productos y prestaciones de servicios, ambas sujetas a una remuneración adicional.

5.4 Un plazo vinculante para las entregas y servicios de UNILUX solmente comenzará en cuanto se hayan aclarado todos los detalles de la ejecución del contrato y ambas partes estén de acuerdo en todas las condiciones de la formalización y ejecución de él, si bien nunca comenzará antes de la presentación completa de los documentos y autorizaciones que debe proporcionar el comprador, ni nunca antes de la recepción de un adelanto acordado. El cumplimiento de los plazos de entrega por parte de UNILUX presupone el cumplimiento puntual y adecuado de todas las obligaciones por parte del comprador. UNILUX se reserva su derecho de alegar la excepción de incumplimiento del contrato.

 

6. Envío - Gastos de embalaje - Transferencia del riesgo - Incumplimiento de la aceptación

6.1 El envío se efectúa siempre en zonas de entrega sin gastos de embalaje.

6.2 El riesgo de pérdida accidental o de deterioro accidental de los productos se transmitirá al comprador en el momento de la entrega en el lugar de destino (con los productos listos para su descarga).

6.3 Si el comprador se retrasa en la aceptación, el riesgo de pérdida accidental o de deterioro accidental de los productos pasará al comprador desde el momento en que este se retrase en la aceptación.

6.4 En caso de que el comprador incurra en demora o incumpla de forma culposa otros deberes/obligaciones de colaboración, UNILUX tendrá derecho a exigir una indemnización por daños y perjuicios, así como por los costes y gastos en que haya incurrido UNILUX como consecuencia de dichas circunstancias. Nos reservamos el derecho de hacer valer otras reclamaciones.

6.5 Si el comprador se retrasa en la aceptación, UNILUX tiene derecho a exigirle una indemnización por los gastos derivados del almacenamiento y/o el transporte especial de los productos afectados por el incumplimiento de dicha aceptación.

 

7. Descarga - Soportes reutilizables - Medios de sujeción de la carga

7.1 La descarga de los soportes reutilizables la realiza, en Alemania, el conductor con una carretilla elevadora, mientras que la descarga de los soportes reutilizables realizada en el extranjero corre a cargo del cliente.

7.2 Los soportes reutilizables y los medios auxiliares para la sujeción de la carga (en particular las correas tensoras, en lo sucesivo, "Medios auxiliares") sony siguen siendo propiedad de UNILUX. UNILUX tiene derecho a reclamar al comprador la devolución de los soportes reutilizables y de los Medios auxiliares en cualquier momento.

7.3 La devolución de los soportes reutilizables solamente se realizará previa autorización por parte del comprador, la cual deberá notificarse al menos 24 horas antes de la recogida de los mismos. La notificación de la autorización deberá realizarse por fax. El correspondiente número de fax válido se facilitará mediante previa solicitud .

7.4 Si el comprador retiene un soporte reutilizable durante más de dos semanas desde su entrega, deberá abonar a UNILUX una tasa de alquiler desde el comienzo de la tercera semana por cada soporte reutilizable y por cada semana comenzada hasta que UNILUX reciba la notificación por la que se le autoriza la recogida del soporte, indicándose el importe de dicha tasa en la correspondiente lista de precios.

7.5 El comprador asumirá el riesgo de pérdida accidental y de deterioro accidental de los soportes reutilizables y de los medios de carga que estén en su poder. Durante el periodo de posesión de los soportes reutilizables y de los Medios auxiliares, el comprador será responsable de cualquier daño o deterioro,intencionado o negligente, de los mismos.

7.6 En caso de pérdida o daño de los soportes reutilizables y de los Mediosauxiliares, UNILUX tendrá derecho a reclamar al comprador el valor de los soportes reutilizables y de los Medios auxiliares tal como figuran en la lista de precios vigente de UNILUX. Las partes tendrán podrán demostrar que se ha producido un daño mayor, menor o ninguno.

 

8. Características del producto - Reclamaciones por defectos - Obligación de inspección y notificación de defectos

8.1 Las características de los productos UNILUX se detalla de forma concluyente y exclusiva en la documentación de producto UNILUX, como catálogos, carpetas de productos, listas de precios y la directriz de control visual de calidad del vidrio aplicable al sector de la construcción (directriz Hadamar), así como de la directriz de inspección visual de las superficies de elementos de ventanas y puertas de PVC (circular VFF), siempre que no se haya llegado a ningún acuerdo de calidad por escrito que se aparte de estos documentos.

8.2 No se podrá formular ninguna reclamación por defectos (a) en caso de desgaste natural, (b) en caso de manipulación y cuidado incorrectos o negligentes, (c) en caso de aplicar cargas excesivas, (d) en caso de uso de materiales y productos de cuidado inadecuados, (e) en caso de almacenamiento inadecuado, así como en los casos (f) resultantes del incumplimiento de las instrucciones de procesamiento, uso y mantenimiento, o (g) por influencias externas especiales que no haya asumido contractualmente UNILUX. En caso de que el comprador o terceros realicen modificaciones o reparaciones inadecuadas, tampoco se podrá formular reclamación alguna por los defectos y las consecuencias que dichas intervenciones conlleven.

8.3 Se aplicará siempre la carga probatoria legal según la cual el comprador debe documentar y demostrar la existencia de un defecto.

8.4 El comprador acuerda con UNILUX que, en caso de reclamación para el cumplimiento posterior de un deber contractual por parte del comprador (rectificación de defectos o entrega posterior), se elegirá la opción más económica, siempre que el comprador no sufra ninguna desventaja por ello.

8.5 Las acciones de reclamación por defectos relacionados con las ventanas y puertas prescribirán en un plazo de 5 años a partir de la transferencia del riesgo.

Las acciones de reclamación por defectos relacionados con todos los componentes y elementos eléctricos, electrónicos y mecánicos, pinturas, barnices, productos de limpieza, productos de cuidado y selladores prescribirán en el plazo de un año desde la entrega. Ello no se aplica en el caso de que la ley establezca plazos más largos, así como a la responsabilidad por daños derivados de lesiones a la vida, la integridad física o la salud, así como a la responsabilidad por daños basados en un incumplimiento intencional o gravemente negligente de obligaciones contractuales.

8.6 Nos reservamos el derecho a la existencia de ligeras desviaciones en la estructura y el color en comparación con los productos de exposiciones o muestras, siempre que dichas desviaciones se deban a la naturaleza de los materiales utilizados o sean habituales en el comercio con estos materiales.

8.7 Deberán notificarse por escrito a UNILUX las reclamaciones o los avisos de defectos sin demora alguna, como muy tarde, pasados los 10 días siguientes a la entrega/prestación del servicio en el caso de defectos evidentes; en el caso de defectos ocultos, la notificación deberá realizarse inmediatamente después de detectar el defecto (normalmente durante el montaje). En caso contrario, se excluirá el derecho de reclamación por defectos. UNILUX no acepta ninguna limitación del deber legal de inspección y reclamación que debe ejercer el comprador (en particular, según lo dispuesto en el artículo 377 BGB ).

8.8 En caso de notificación de defectos, el comprador solamente podrá retener los pagos en una medida (por ejemplo, en forma de avisos de débito) razonablemente proporcional a los defectos producidos. El comprador solamente podrá retener los pagos si notifica un defecto justificado. Si la notificación del defecto es injustificada e imputable al comprador, UNILUX tendrá derecho a exigir a aqueluna indemnización por los daños, costes y gastos en los que haya incurrido UNILUX por dicha notificación injustificada. Ningún otro derecho se verá afectado.

8.9 Se extinguirá cualquier derecho del comprador a un descuento en efectivo, si el comprador ha retenido pagos por defectos de manera injustificada .

8.10 En el caso de reclamaciones injustificadas que UNILUX se encargue de tramitar, UNILUX facturará los costes y gastos ocasionados.

8.11 El cliente solamente podrá reclamar daños y perjuicios de acuerdo con la siguiente disposición (Cláusula 9).

 

9. Responsabilidad

9.1 UNILUX se responsabiliza, únicamente en caso de dolo o culpa grave, por daños y perjuicios relativos al reembolso de los gastos no recuperables en el sentido de lo dispuesto en el artículo 284 BGB (en adelante, "Daños y perjuicios") derivados de defectos en la entrega, en la ejecución o del incumplimiento de otras obligaciones contractuales o extracontractuales, particularmente en caso de actos no autorizados. . La anterior limitación de responsabilidad no se aplicará en caso de lesión a la vida, la integridad física o la salud; en caso de asunción de una garantía o de un riesgo en las características del producto; en caso de incumplimiento de obligaciones contractuales importantes y en caso de responsabilidad según la Ley de Responsabilidad de Productos alemana (Produkthaftungsgesetz).

9.2 La indemnización por daños y perjuicios derivados del incumplimiento de las obligaciones contractuales materiales queda limitada a la indemnización por los daños contractuales típicos que UNILUX debería haber previsto como consecuencia de ello en el momento de la formalización del contrato debido a circunstancias previsibles para UNILUX, a menos que exista dolo o culpa a grave o responsabilidad por daños a la vida, la integridad física o la salud o se aplique una asunción de garantía o un riesgo por características del producto según la Ley de Responsabilidad de Productos alemana (Produkthaftungsgesetz).

9.3 Los daños contractuales típicos en el sentido de lo dispuesto en la Cláusula 9.2 anterior son:

a. Porsiniestro: importe máximo del valor neto de las mercancías del pedido causante del siniestro ;

y

b. en el caso de varias reclamaciones formuladas dentro de un año natural: un máximo del 50% del volumen de negocios neto por el que el comprador adquirió productos y servicios de UNILUX en el año natural en curso.

9.4 Independientemente de lo establecido en las Cláusulas 9.1 y 9.2 anteriormente mencionadas, las circunstancias económicas de UNILUX, el tipo, el alcance y la duración de la relación comercial, las posibles relaciones causales y la responsabilidad del comprador de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 254 BGB se interpretarán cuenta a favor de UNILUX a la hora de determinar el importe de las reclamaciones por daños y perjuicios que se hagan valer contra UNILUX. En particular, los daños, costes y gastos que UNILUX está obligada a soportar deberán ser razonablemente proporcionales al valor de los productos entregados por UNILUX o al de los servicios prestados por UNILUX.

9.5 Toda limitación de responsabilidad se aplicará en la misma medida a los agentes implicados indirectamente y a las personas que hayan participado de forma directa e indirecta.

9.6 La modificación de la carga probatoria en detrimento del comprador no estará vinculada con las disposiciones anteriores.

9.7 Las obligaciones contractuales esenciales, en el sentido de lo dispuesto en las Cláusulas 9.1 y 9.2, son aquellas cuyo cumplimiento constituye un requisito previo para la correcta ejecución del contrato y en cuyo cumplimiento el cliente podía confiar de forma habitual y que así ha confiado.r.

 

10. Fuerza mayor - Prórroga de los plazos de entrega - Imposibilidad de entrega - Reserva de autoabastecimiento

10.1 En caso de fuerza mayor, es decir, de acontecimientos imprevistos sobre los que UNILUX no tiene influencia alguna y de los que no es responsable (por ejemplo, incendios, inundaciones, tormentas, explosiones u otras catástrofes naturales, movilizaciones, guerras, disturbios, perturbaciones operativas, cambios en la legislación) que también afecten a las fábricas de proveedores, de subproveedores o de otros terceros, los plazos de entrega y de ejecución se prolongarán por la duración de los acontecimientos causantes del retraso siempre que se demuestre que estos obstáculos tienen una influencia sustancial en la ejecución, la finalización o la entrega. Ello también se aplica si estas circunstancias se producen durante un retraso.

10.2 En el caso de que no sea posible realizar la entrega y/o prestar el servicio en un plazo razonable debido a dichos acontecimientos, el comprador y UNILUX tienen derecho a rescindir el contrato total o parcialmente. Lo mismo se aplica en caso de que exista una imposibilidad posterior, en la ejecución del contrato, que sea imputable a UNILUX .

10.3 No se podrán formular reclamaciones por daños y perjuicios debido a dicha rescisión del contrato . Si la entidad con derecho a rescisión tiene la intención de hacer uso de tal derecho, deberá notificarlo inmediatamente después de tener conocimiento del alcance del suceso que lo motive.

10.4 UNILUX quedará exonerada de su deber de entrega si la propia UNILUX no se abastece a tiempo, por causas ajenas a ella, de los productos correctos solicitados a los efectos del cumplimiento del contrato. .

 

11. Reserva de la propiedad

11.1 Todos los bienes y productos entregados por UNILUX son propiedad ilimitada de UNILUX hasta que se efectúe el pago completo de todas las deudas derivadas de la relación comercial entre el comprador y UNILUX. Ello también se aplicará si el precio de compra ha sido pagado por entregas específicas de bienes designados por el comprador.

11.2 Siempre que la validez de esta reserva de propiedad esté vinculada a requisitos especiales o a regulaciones formales en el país del comprador, este estará obligado a informar a UNILUX de ello y a garantizar su cumplimiento a su propio coste.

11.3 El procesamiento, la mezcla o la combinación de las mercancías suministradas se realizará siempre para UNILUX en calidad de fabricante, sin que de ello se deriven obligaciones para UNILUX. Si la (co)propiedad de la mercancía reservada se extingue debido a su transformación, mezcla o combinación, se establece que, desde este momento, los derechos de propiedad o cotitularidad de la nueva mercancía quedarán transferidos de UNILUX a UNILUX por el valor de la factura de la mercancía reservada y que el comprador la almacenará para UNILUX de forma gratuita.

11.4 Mientras exista la reserva de propiedad a favor de UNILUX, el comprador no tendrá derecho a ceder o pignorar la mercancía a un tercero a modo de garantía. En caso de embargo o confiscación de la mercancía por parte de terceros, el comprador deberá notificar inmediatamente que dicha mercancía es propiedad de UNILUX. Los costes de cualquier procedimiento de intervención correrán a cargo del cliente, a menos que se pueda formular una reclamación contra el tercero actuante.

11.5 El comprador tiene derecho a procesar y vender la mercancía reservada en el curso ordinario de su actividad de negocio. El comprador cede a UNILUX las reclamaciones derivadas de cualquier reventa o de otros motivos legales relacionados con la mercancía reservada para garantizar, así, las reclamaciones de UNILUX por el importe de la factura en la que se basa la entrega efectuada UNILUX, añadiéndose un recargo de seguridad del 20 % sobre la misma. A petición de UNILUX, el comprador está obligado a proporcionar declaraciones de cesión por escrito. En el curso ordinario de sus negocios, el comprador está autorizado, de forma revocable, a cobrar los créditos cedidos a UNILUX en su propio nombre.

11.6 Si hay un exceso de valor de la garantía que supere el valor del crédito garantizado en más de un 20 %, UNILUX estará obligada a reasignar esta cantidad a petición del comprador.

11.7 A petición de UNILUX, el comprador estará obligado a presentar pruebas detalladas de las reclamaciones contra terceros que hayan surgido en relación con la mercancía reservada.

11.8 En caso de incumplimiento, UNILUX podrá divulgar ante terceros la cesión y perseguir el cobro por sí misma, o exigir que el comprador revele la cesión al tercero con la condición de que el pago se realice exclusivamente a UNILUX hasta el importe de los créditos contra el comprador a los que UNILUX tenga derecho respectivamente.

 

12. Directrices de instalación de UNILUX

El comprador debe cumplir con las directrices de instalación contenidas en la guía actual de instalación (Directrices para la planificación y ejecución del montaje de ventanas y puertas de entrada) de la entidad RAL-Gütegemeinschaften Fenster und Haustüren e.V., D-60594 Frankfurt.

 

13. Competencia judicial - Normativa aplicable

13.1 Las controversias derivadas del presente contrato que se conozcan en primera instancia (Amtsgerichte) se someterán a la competencia del juzgado de primera instancia de Wittlich (Amtsgericht Wittlich) y, para las controversias que sean competencia de los tribunales regionales (Landgerichte), el tribunal regional de Tréveris (Landgericht Trier). UNILUX está facultada para presentar demandas en el órgano judicial competente del lugar donde esté ubicado el domicilio social del comprador.

13.2 Las presentes Condiciones y toda la relación jurídica entre el comprador y UNILUX se regirán exclusivamente por la legislación de la República Federal de Alemania, salvo las disposiciones relativas a los conflictos de competencia.

 

Versión de 12/2019